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Preguntas Frecuentes Seguro Especial de Accidentes Personales para Ciclistas.


  1. .- ¿Quiénes pueden contratar?

    R.- Socios de la Fundación Un Casco de Vida, usuarios de Un Código de Vida, que cumplan con los requisitos de asegurabilidad descritos en estas Condiciones Particulares.

  2. .- ¿Cuál es mi cobertura?

    R.- Las coberturas son otorgada previa evaluación del área de benéficos y de acuerdo con los diferentes planes, comprenden los siguientes tipos de gastos:
    . - Reembolso de gastos médicos ocasionados por el accidente.
    . - Pago de 5 UF adicional a gastos médicos en caso de fracturarse cualquier hueso, a excepción de fractura nasal.
    . - Pago de 2 UF diarias en caso de hospitalización derivada del accidente cubierto, independiente del monto real.
    .- Para el titular se pagara capital pactado según plan contratado, si como resultado de lesiones, producto de un accidente cubierto por la póliza y dentro de los noventa (90) días contados desde la fecha del accidente, el asegurado se encontrare en estado de incapacidad total y permanente de a los menos 2/3 de su capacidad de trabajo

  3. .- ¿Cubre mi grupo familiar?

    R.- Se podrán agregar como asegurados dependientes a los hijos, hermanos y/o nietos inscritos como tales por el asegurado titular, con expresa autorización de la Compañía, que cumplan con los requisitos de asegurabilidad.

  4. .- ¿Me sirve con previsión Fonasa?

    R.- Si. En caso de que el asegurado tuviese beneficios de alguna Institución de Salud Estatal, Privada o Bienestar, deberá hacer uso de ellos previamente.

  5. .- Si me accidento, ¿qué debo hacer?

    R.- Producido un siniestro, el asegurado deberá informar la ocurrencia de este tan pronto sea posible dentro de un plazo máximo de noventa (90) días corridos, contados desde la fecha del accidente, enviando un correo a siniestromasivo@metlife.cl, adjuntando los antecedentes requeridos para la tramitación del siniestro.

  6. .- ¿Puedo atenderme en cualquier lugar?

    R.- Si, ya que este seguro de requerirse actuara luego de la previsión base, independiente del centro médico.

  7. .- ¿Desde cuándo tengo vigencia?

    R.- La cobertura individual comenzará a regir desde la fecha de contratación del seguro.

  8. .- ¿Qué no me cubre?

    R.- No se pagará el monto asegurado para esta póliza cada cobertura asociada a esta póliza cuando el fallecimiento, lesiones, cirugías u hospitalizaciones por accidente, se produzcan a consecuencia de:

    • a. Efectos de guerra. Ejem: Si estando en el frente se corta, fractura, quema, etc.
    • b. Suicidio, intento de suicidio, o heridas auto inferidas. Ejem: Cortadas en los antebrazos.
    • c. Prestación de servicios del asegurado en las Fuerzas Armadas o funciones policiales. Ejem: Si es carabinero, este seguro no cubrirá las lesiones o accidentes producto de su trabajo.
    • d. Intoxicación o encontrarse el asegurado bajo los efectos de cualquier narcótico o droga, o encontrándose éste en estado de ebriedad. Ejem: caerse de la bicicleta conduciéndola bajo efectos del alcohol.
    • e. Negligencia o imprudencia o culpa grave del asegurado. Ejem: pasarse una luz roja y producto de esto ser lesionado.
    • f. Movimientos sísmicos desde el grado 8. Ejem: cualquier daño ocasionado por el terremoto.
    • g. Viaje o vuelo en vehículo aéreo no comercial. Ejem: vuelos en parapente, paracaidismo o avionetas particulares.
    • h. Fractura de Huesos producida como consecuencia directa e inmediata de osteoporosis. Observación: padecer esta enfermedad aumenta el riesgo de fracturas.

  9. .- Si ya no lo quiero, ¿cómo renuncio?

    Cada asegurado titular podrá renunciar al seguro, una vez transcurrido el plazo para el ejercicio del derecho de retractación, lo que deberá hacer directamente ante la Compañía al correo teayudamos@metlife.cl.